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Los cambios legales que quedarán tras la pandemia COVID

Los cambios legales que quedarán tras la pandemia COVID

Los cambios legales que quedarán tras la pandemia COVID

Con la esperanza de las vacunas por delante, aunque acompañada por la falta de noticias respecto de medicamentos eficaces, avanzando el año 2021 hacia su mitad de recorrido, en la empresa tenemos claro que la recuperación debe estar puesta para el ejercicio 2022. La pandemia del coronavirus COVID-19 va a dejar en estos dos años cambios en el funcionamiento de la empresa (y en cierta medida en la sociedad) que se instauraran para un futuro ya sin pandemia. En Deiuris analizamos algunos que entendemos relevantes. Pero, ¿Cuales serán los  cambios legales que quedarán tras la pandemia COVID?, te lo contamos a continuación:

Tecnología

La aceleración tecnológica es un hecho indiscutible que presenta retos legales, infraestructura y equipamiento adecuados, seguridad y formación.

La reciente modificación de la Ley de Sociedad de Capital viene a instaurar la posibilidad de realización de las Juntas de accionistas y de consejo de forma telemática. De igual forma muchas reuniones y negociaciones se derivan a su realización por videoconferencia, de igual forma que muchas de las vistas judiciales se están realizando.

La implantación de la firma telemática de contratos es un hecho.

Estás prácticas han llegado con plena vocación de permanencia, de tal forma que una empresa va a poder ser gestionada prácticamente desde la distancia y su plantilla tele-trabajando. Una micropyme podrá ser una multinacional con directivos y empleados repartidos por el mundo conectados por las redes tecnológicas. Retos apasionantes que valdrán para algunas organizaciones, pero que mayor o menor medida afectan a todo el tejido empresarial.

Comercio electrónico

Quién de forma previa no estuviese preparado para el comercio electrónico o no tenga capacidad de una rápida adaptación podemos decir coloquialmente que “le ha pillado el toro”.

La contratación en el comercio electrónico tiene especialidades más allá de la contratación mercantil ordinaria, existiendo diferencia en el comercio con consumidores (B2C), entre empresas (B2B), plataformas (B2B2C) o incluso casos en lo que el consumidor crea valor para la empresa (C2B).

Próximamente tendremos que afrontar nuevas regulaciones como son la focalizada en la regulación de las Plataformas en Internet (DMA) y la DSA – Digital Services Act.

Relaciones Laborales

El teletrabajo es una demanda de un amplio sector de empleados que con la pandemia han visto la posibilidad de compatibilizar de otra forma su vida personal y su vida laboral. Esta situación no siempre convence al empresario, pero es indudable que un correcto equilibrio aporta ventajas a ambas partes y es un eficaz instrumento de conciliación, siempre que la “oficina en tu casa” no se vuelva en contra por falta de distinción entre la vida familiar y la laboral.

El teletrabajo no está exento de riesgos jurídicos, muy especialmente en materia de control, de seguridad de la información y de la protección de datos personales. Respecto al control, el registro horario de tanta relevancia pre-pandémica, ahora, si cabe, se hace más difícil de aplicar.

El teletrabajo también abre una vía de competencia en el mercado laboral ya que permite externalizar y deslocalizar departamentos o determinados servicios. ¿Si el trabajador ya no necesita presencia en la empresa, por qué no contratar en otros mercados laborales?

Contratación

La seguridad jurídica se ha puesto en cuestión con la Pandemia, la aplicación de circunstancias de fuerza mayor, o la regla “rebus sic stantibus” pueden poner en cuestión el cumplimiento previsto de un contrato y pueden ser fuente de conflicto.

Ya señalaba la cada vez más extendida formalización de los contratos por vía telemática, donde cuestiones como la firma digital y los certificados toman más relevancia en este campo para la efectiva validez obligacional del contrato.

Mediación ante el colapso judicial

Los juzgados se encuentran colapsados, es un hecho, lo plazo para vistas a estas alturas del año 2021 ya se están fijando para el 1T del 2022. La litigación civil puede ser la única solución, pero en materia mercantil un mediano acuerdo será en la mayoría de las ocasiones solución a un dilatado procedimiento judicial. La figura del abogado como negociador y mediador es necesario potenciarla.

Situaciones de Insolvencia

Las reestructuraciones e insolvencias van ha ser frecuentes en los próximos tiempos, una vez que a partir del 31 de diciembre de 2021 se elimine la suspensión del deber de solicitar la declaración de concurso.

Necesidad del sector exterior

El sector exterior una vez más en una nueva crisis será clave para la salida de ella. La apertura a nuevos mercados que reduzcan la dependencia del nacional exige de manejar eficazmente la contratación internacional, donde también toman peso las transacciones electrónicas y donde cada vez es más frecuente la comercialización de intangibles basados en la tecnología, tomando relevancia la gestión de licencias, marcas y know-how.

Fondos Next Generation EU

Asunto relevante es el tan traído Plan de recuperación para Europa y la obtención de los fondos “Next Generation EU”. Los fondos prometidos irán destinados a proyectos que deben estar fuertemente armados para poder optar a las ayudas y financiación, esto requiere de una actuación transversal en todos los frentes de la empresa, con un componente de necesidades jurídicas importante tanto en el proceso de solicitud como en la materialización de las inversiones.

Estos cambios legales que quedarán tras la pandemia COVID, si podemos ayudarte con este u otros asuntos legales no dudes en ponerte en contacto con nosotros.