La segunda oportunidad para evitar la insolvencia
Las deudas son para pagarlas, no cabe duda, sin embargo determinadas circunstancias en la vida pueden abocar a una imposibilidad de hacerlo. En estas circunstancias y como medida responsable tanto para el sistema como para el propio deudor, se puede encauzar una situación que aboca a la muerte económica y hasta social del deudor, que permita ordenar los pagos de forma adecuada a las circunstancias sobrevenidas.
Me refiero a circunstancias sobrevenidas ya que, a un potencial deudor que no puede pagar desde el momento inicial, es difícil que se le conceda crédito, por ello, cuando asumió las deudas se presupone que era acreedor a ello y que en un momento posterior una pérdida de empleo, un paro de larga duración, una quiebra de negocio o una enfermedad pueden convertirse en un callejón sin salida para una persona, en una insolvencia, desarrolle actividad empresarial o no.
Dejamos aquí un esquema de funcionamiento del procedimiento de segunda oportunidad para persona física